Chile Tren de Aragua

La controversia por la libertad de un grupo de imputados vinculados con el Tren de Aragua solo ha aumentado en los últimos días. Tanto los investigadores de la PDI como de la Fiscalía Regional de Coquimbo había sido alertados el martes de la resolución del Juzgado de Garantía de Los Vilos, que rebajó la medida cautelar -de prisión preventiva a arresto domiciliario total- a cuatro de cinco imputados, a quienes se les atribuyen graves delitos de asociación ilícita, secuestro y robo con intimidación.

Se les formalizó y quedaron privados de libertad en 2023, entre otros hechos por el plagio de una persona en Pichidangui, a la que mantuvieron por 13 días en dos casas de cautiverio en el norte del país y en Valparaíso. La víctima solo fue liberada tras el pago de 31 millones de pesos.

Dada la gravedad de los delitos, asociados al crimen organizado transnacional, la resolución judicial sorprendió no solo al interior del Ministerio Público y la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (BIPE), sino también a la opinión pública en general.

El lunes en una audiencia de revisión cautelares, que no se había solicitado por los intervinientes sino que se realizó «de oficio», porque se cumplían seis meses desde su dictamen, la magistrada Daniella Pinto permitió que salieran de la cárcel -aunque los dejó sujetos a una medida menos gravosa-, previa caución de 5 millones de pesos.

Aunque esta misma semana la decisión fue revocada por la Corte de Apelaciones de Coquimbo, tras la apelación del Ministerio Público, la jueza de garantía ofició a la fiscalía, planteando que «el fiscal (abogado asistente) que compareció a la mentada audiencia, fijada para la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva de siete imputados en la causa, no conocía los antecedentes de investigación fiscal, como consta en el registro de audio, por lo cual no se pronunció sobre las incidencias planteadas por las defensas, ni pudo dar respuesta a las consultas realizadas por esta magistratura».

Pese a ello, la apelación del Ministerio Público advirtió que la resolución no está fundamentada. «El tribunal en su resolución desechó la prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad, sin argumentar el motivo (…), más que el mero desconocimiento de los antecedentes del fiscal de sala”, consigna el recurso. También, que no se observan elementos que pudieran hacer variar lo que “ya se había tenido por establecido (en la audiencia de formalización, en que se decretó la prisión preventiva), tal como las presunciones fundadas de participación de los imputados».

Frente a lo ocurrido, el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, afirmó que dispuso «la realización de una investigación administrativa en la Fiscalía de Los Vilos ante lo ocurrido en la audiencia de revisión de medidas cautelares de la causa de los imputados por secuestro en esa localidad. Esta medida busca establecer justamente el nivel de cumplimiento de las directrices enviadas con anterioridad para la debida preparación de la audiencia de fiscales y abogados asistentes».

Al asumir el cargo, Cooper había dictado un instructivo que obligaba a los investigadores de su jurisdicción a asistir a las audiencias con una minuta del caso, la que debía contener los antecedentes relevantes de la investigación para sustentar la litigación.

Agregó que «junto con esta medida administrativa y para ver efectivamente qué ocurrió en Los Vilos y hacernos cargo de la deficiente preparación del abogado que se presentó en dicha audiencia, la fiscalía procedió a presentar recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de La Serena ese mismo día, recurso que fue acogido (…), revocando la medida y ordenando la prisión preventiva de los imputados. Al mismo tiempo, iniciamos coordinaciones inmediatas con ambas policías y anoche fue detenido uno de los imputados”.


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