Luego de las diversas declaraciones dadas por el candidato de la Unidad, Edmundo González Urrutia, acerca de su posición de prometer no perseguir a los vencidos y la reconciliación nacional, han surgido muchos comentarios y debates. Considero que esas promesas no niegan la justicia transicional, es más, son aspectos que deben estar presentes en ella. Creo que es preciso tener claridad sobre lo que es justicia transicional. Especialmente, en nuestras circunstancias en las cuales el mismo Estado y quienes dirigen sus instituciones han perpetrado o han sido cómplices de violaciones de derechos humanos contra sus propios ciudadanos.

La justicia transicional no es un proceso, ni es una actividad replicadora de instituciones, mucho menos de los comportamientos anteriores. La justicia transicional es una red de caminos que pueden acercar a los países a lo que quieren llegar a ser: sociedades más pacíficas, justas e inclusivas que han investigado el pasado violento y han brindado justicia a las víctimas. De manera que la justicia transicional se centra en la forma en la cual las sociedades responden a las consecuencias de violaciones masivas y graves de los derechos humanos. Enfrenta a innumerables dilemas: impunidad, juzgamiento, perdón, sobre todo el tratamiento de las víctimas.

Venezuela es uno de los países que enfrenta la existencia de violaciones de gran magnitud de los derechos humanos: asesinatos, desapariciones forzadas, tortura generalizada, encarcelamiento de disidentes, cierre de medios de comunicación, persecución de periodistas, por parte del régimen autocrático y si hay elecciones libres saldrá del poder. En nuestro país se trata de pasar del conflicto y persecución sistemática y permanente a la paz sostenible, del autoritarismo a la democracia, de un legado de abusos masivos contra los derechos humanos al respeto de los derechos humanos, y de una cultura de impunidad a una en la que los ciudadanos son tratados con dignidad. Por ello, surgen las preguntas: ¿Qué se puede hacer para restaurar los valores básicos de confianza y respeto en un sistema destrozado por atrocidades cometidas a gran escala? ¿Cómo se recupera una sociedad? ¿Cómo hacemos justicia mientras buscamos la paz y la estabilidad?

Encontrar respuestas a estas preguntas presentan dificultades una vez se decide emprender este camino. ¿Cuándo y cómo conseguir un futuro pacífico, justo e inclusivo en el que los crímenes del pasado se hayan reconocido y reparado y en el cual los ciudadanos y los líderes concuerden en que la violencia y los abusos contra los derechos humanos no pueden repetirse? El camino es largo y desafiante, requiere la participación significativa de las víctimas junto con todos los sectores de la sociedad.

Es innegable que un proceso de justicia transicional implica a personas que se unen para enfrentar los legados de graves atrocidades, o para poner fin a ese ciclo de violencia, mediante el desarrollo de una variedad de respuestas. Estas respuestas pueden incluir reformas de los sistemas e instituciones legales y políticos que rigen una sociedad, así como mecanismos para restablecer el Estado de hacer justicia in dependiente e imparcial. Pueden incluir procesos judiciales y extrajudiciales, como enjuiciamientos penales nacionales o internacionales para responsabilizar a los perpetradores. También pueden incluir iniciativas para proporcionar reparaciones a las víctimas de múltiples formas, tales como compensación económica, pensiones, restitución de la propiedad o de los derechos civiles y políticos, acceso a la atención de la salud o la educación, y reconocimiento y memoria de las víctimas y los abusos que sufrieron. En realidad, no hay una forma ni ruta trazada. La experiencia muestra diversidad de enfoques y caminos. Vale advertir que a lo largo de las últimas tres décadas han aparecido distintas narrativas sobre el tema de justicia transicional, sin que se haya posicionado una teoría sólida con fuerza en diferentes agendas de la comunidad internacional, de la sociedad civil y de los Estados.

No obstante, hay un consenso acerca de las cuatro dimensiones que se articulan en la justicia transicional: el derecho a la verdad, a conocer ese pasado de violaciones de los derechos humanos; el derecho a la justicia, investigar y castigar a los perpetradores; el derecho a la reparación integral de víctimas y sobrevivientes; y las garantías de no repetición, que es la creación de institucionalidad mínima para que los eventos no se menudeen.

En todo caso, para llegar una fase de justicia transicional supone un acuerdo entre fuerzas, en forma general, las salientes y las entrantes. No creo que el actual régimen se entregue mansamente, todo indica que perderá las elecciones presidenciales, pero continuará con la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia, mayoría de gobernaciones y quizá el Alto Mando Militar, lo que hace presumir que sabotearan la acción del gobierno. ¿En estas circunstancias será posible implementar una justicia transicional?


El autor es doctor en Derecho Procesal y Constitucional. Bloque Constitucional Capítulo España.


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